Delitos por posesión y consumo de drogas
El consumo de drogas es una realidad a la que hacer frente. La droga más consumida, el cannabis, puede tener sanción hasta 30.000€. Te lo explicamos.
En España, la mera posesión de drogas no es constitutiva de delito, siempre que no se destine al tráfico ilegal de estupefacientes.
¿Qué conductas están sancionadas?
La Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana establece sanciones administrativas de carácter grave o muy grave con multas de 601 a 30.000 € por:
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El consumo o tenencia ilícita de sustancias estupefacientes y el abandono de instrumentos u otros efectos empleados para ello en la vía pública o el transporte colectivo
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Tasladar a alguien para facilitarle el consumo de drogas
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Tolerar el consumo ilegal de drogas siendo el encargado de un lugar público
Las sanciones administrativas se dividen en tres grados:
Mínimo
De 601 a 10.400 €, si es la primera vez
Medio
De 10.401 a 20.200 €, si en 2 años tiene otra multa de este tipo
Máximo
de 20.201 a 30.000 €
Para establecer los grados se tendrá en cuenta:
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La entidad del riesgo producido para la seguridad ciudadana o salud pública
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Cuantía del perjuicio causado
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Transcendencia del perjuicio para prevención, mantenimiento o restablecimiento de seguridad ciudadana
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Grado de culpabilidad
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Beneficio económico obtenido
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Capacidad económica del infractor
Lo que sí está penado como delito es el cultivo, elaboración, la posesión para el tráfico ilícito y el tráfico en sí mismo de drogas tóxicas, sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como actividades que promuevan, favorezcan o faciliten el consumo legal.
Las penas variarán en función de:
Ejemplos
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