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El seguro de alquiler más completo para tu vivienda

Si quieres alquilar tu piso y garantizar el pago de las mensualidades de los inquilinos, este es tu mejor seguro. Olvídate de los posibles problemas porque nuestros abogados estarán a tu lado para reclamar y defender tus derechos como propietario. ARAG Alquiler es un seguro tan importante como elegir un buen inquilino.

Si eres propietario de un local, también tenemos cobertura para proteger el impago de alquiler.

 
 

Si quieres alquilar tu piso temporalmente, también tenemos cobertura para proteger el impago de alquiler.

Tu seguro por:
 

Escoge el tipo de seguro que necesites:
Seguro ARAG Alquiler Viviendas
Seguro para el Impago del alquiler

      al año
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Principales coberturas de un seguro de alquiler

Asistencia Jurídica

¿Tienes dudas sobre quién debe pagar la reparación de la caldera?
Con solo llamar a ARAG tendrás, de inmediato, todas las respuestas que necesites sobre tus derechos y obligaciones como arrendador. Porque podrás llamar tantas veces como quieras, sin límite de consultas.

Defensa de la responsabilidad penal

¿Tu inquilino te ha denunciado por amenazas o agresiones?
Si te denuncian o te exigen responsabilidades penales, ARAG te defiende como arrendador. Tendrás un abogado que te representará, sin costes adicionales, para garantizarte la mejor defensa.

Defensa y reclamación en
contratos de arrendamiento

¿Tu inquilino ha incumplido el contrato y ha realquilado el inmueble?
ARAG defiende y reclama tus derechos en conflictos relacionados con el contrato de arrendamiento. Por ejemplo, ante casos de impagos, daños a la vivienda, importes de la fianza o procesos de desahucio, entre otros.

Pérdida de alquileres por
incendio, rayo o explosión

¿Ha habido un incendio que ha destrozado tu piso alquilado?
Si tras un incendio, una explosión de gas o incluso, un rayo, tus inquilinos se tienen que marchar a vivir a otro sitio, llama a ARAG. Enseguida enviaremos un perito que evaluará los daños a fin de certificar que la propiedad se
queda inhabitable. ARAG te pagará las mensualidades de alquiler que perderías durante el tiempo que no puedas alquilar tu propiedad hasta un límite establecido.

Impago de alquileres

¿Qué haces si el inquilino no paga un mes de alquiler?
Con esta garantía asumimos el coste de los impagos por parte del inquilino, durante el tiempo que hayas contratado. Tu piso quedará libre lo antes posible gracias a las gestiones de abogados especializados, sin costes extras para ti. Y si, tras no pagar, el inquilino se marcha antes de iniciar ninguna acción judicial, te compensamos igualmente.

Reclamación en contratos de reparación y mantenimiento

¿Has pagado por la reparación de la calefacción del local arrendado y sigue sin funcionar?
En caso de incumplimiento de contratos de servicios, de reparación o de mantenimiento de las instalaciones, ARAG defiende tus derechos como propietario tanto por la vía amistosa como por la vía judicial.

Actos vandálicos al continente y al contenido

¿Tras la marcha de tu inquilino has encontrado las paredes destrozadas?
Si tras un proceso de desahucio descubres que en tu propiedad existen deterioros inmobiliarios del continente, llama a tus abogados de ARAG que te enviarán a un perito quien valorará el alcance de los daños. Asumiremos los destrozos que te hayan causado en el continente.

Reclamación de daños de origen extracontractual

¿Un vecino ha causado humedades en tu vivienda alquilada?
ARAG te garantizará la reclamación a un tercero por los daños que pudieran ocasionar a tu vivienda y a los bienes ubicados en el interior.

 

¡Nuestros asesores estarán encantados de informarte!

 
  • 971 074 483

 
 

Todas las coberturas del seguro de alquiler y precio

Coberturas
VIVIENDAS
Impago de rentas
Con esta garantía asumimos el coste de los impagos por parte del inquilino, siempre que exista un juicio de desahucio. Además cubrimos el impago de otras cantidades (suministros, cuotas comunitarias..) que figuren en el contrato
6, 9 o 12 meses
Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento
ARAG defiende y reclama tus derechos en conflictos relacionados con el contrato del alquiler
Defensa de otros seguros
Tus derechos como propietario serán defendidos frente a otras aseguradoras
Defensa Penal
Si te denuncian o te exigen responsabilidades penales, ARAG te defiende como arrendador. Tendrás un abogado que te representará sin costes adicionales para garantizarte la mejor defensa
Reclamación de daños ocasionados al inmueble
ARAG garantiza la reclamación tanto por vía amistosa como judicial, de los daños ocasionados a la vivienda designada en la póliza
Defensa como consumidor
Ponemos un abogado a tu disposición para defender tus derechos como consumidor en contratos de compras, alquiler, seguros y suministros
Reclamación de daños sobre bienes del inmueble
ARAG garantiza la reclamación tanto por vía amistosa como judicial, de los daños ocasionados a las cosas muebles ubicadas en el interior de la propiedad indicada
Reclamación en contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones
En caso de incumplimiento de contratos de servicios, de reparación o de mantenimiento de las instalaciones, ARAG defiende tus derechos como propietario tanto por la vía amistosa como por la vía judicial
Reclamación del propietario por infracciones de normas legales
Si tienes problemas con un vecino, con la comunidad de propietarios o con un tercero, ARAG reclamará en tu nombre y defenderá tus derechos como propietario
Defensa y reclamación del propietario sobre servidumbres
ARAG garantiza la defensa y reclamación en los conflictos con sus vecinos, situados a distancia no superior a 100 metros, por cuestiones de servidumbres de paso, luces, vistas, distancias, lindes y medianerías
Defensa y reclamación frente a la comunidad de propietarios
ARAG garantiza la defensa y reclamación de sus intereses frente a la comunidad de propietarios del inmueble en que se halle la vivienda, siempre que esté al corriente de pago de las cuotas legalmente acordadas
Defensa penal como miembro de la junta de la comunidad de propietarios
ARAG garantiza la defensa de su responsabilidad penal en los procesos que se le sigan como miembro de la junta de copropietarios del inmueble
Actos vandálicos al continente
En caso de actos vandálicos, ARAG asumirá el robo del continente causados por el inquilino. Enviará a un perito quien valorará el alcance de los daños
Asistencia jurídica telefónica
Con sólo llamar a ARAG tendrás, de inmediato, todas las respuestas que necesites sobre tus derechos y obligaciones como arrendador. Podrás llamar tantas veces como quieras, sin límite de consultas
Gastos de cerrajero y cerradura, para lanzamiento judicial por desahucio
En el supuesto de reclamación de rentas impagadas, el asegurado ya hubiera recuperado la posesión efectiva de la vivienda de su propiedad pero quisiera cambiar la cerradura de la puerta de entrada a la misma, ARAG asumirá el importe de la cerradura hasta el límite indicado y el coste del cerrajero
Pérdida de alquileres por incendio
ARAG te abonará mensualmente un importe equivalente al de la renta mensual pactada en el contrato de arrendamiento durante el período en que la vivienda esté considerada como totalmente inhabitable
Actos vandálicos al contenido
En caso de actos vandálicos y impago de rentas, ARAG asumirá los deterioros inmobiliarios y/o el robo del continente causados por el inquilino. Enviará a un perito quien valorará el alcance de los daños.
196,06*

*para un alquiler de 300€ y 12 meses de cobertura
Coberturas sujetas a las Condiciones Generales del Seguro
Coberturas básicas incluidas
Coberturas opcionales

Requisitos y documentación para contratar un seguro de impago de alquiler

Para contratar este seguro, es necesario realizar un estudio previo de los inquilinos sean asalariados, autónomos, pensionistas o trabajadores del hogar. Para realizarlo es imprescindible reunir la siguiente documentación y remitirla a ARAG.

  • En caso de asalariados:

    Dos últimas nóminas de los inquilinos y contrato laboral, copia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario, disponible aquí.
  • En caso de autónomos:

    Última declaración de la renta, dos últimos recibos del pago de autónomos a la Seguridad Social, copia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario, disponible aquí.
  • En caso de pensionistas:

    Último justificante de pensión emitido por la Seguridad Social, copia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario, disponible aquí.
  • En caso de trabajadores del hogar:

    Certificado actualizado de Vida Laboral o, en su defecto, los dos últimos recibos pagados a la Seguridad Social, contrato laboral y dos últimas nóminas o, en su defecto, certificado emitido por el empleador donde conste el importe del salario neto mensual y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario, disponible aquí.
 

¿Cuáles son mis obligaciones?

Las obligaciones son las siguientes:
· Pagar la prima en las condiciones estipuladas en el contrato.
· Declarar a ARAG, antes de la formalización del contrato, todas las circunstancias conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo, de acuerdo al cuestionario que se le someta.
· Comunicar durante la vigencia del contrato a ARAG la alteración de las circunstancias declaradas en el cuestionario que agraven el riesgo.
· Comunicar a ARAG la ocurrencia del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio.
· Dar toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro y emplear los medios a su alcance para reducir las consecuencias del mismo.

¿Cuándo y cómo tengo que hacer mis pagos?

El contratante del seguro está obligado al pago de la prima en el momento de la formalización del contrato. Las sucesivas primas deberán hacerse efectivas según lo indicado en las cláusulas particulares en los correspondientes vencimientos. En función del acuerdo con la compañía, el pago de la prima podrá ser anual o fraccionado y podrá realizarse mediante domiciliación bancaria, por transferencia o por tarjeta.

¿Cómo puedo contratar el seguro de impago del alquiler?

Por teléfono: 971 074 483

Llámanos y nuestros asesores te gestionarán la contratación. Si lo prefieres, te podemos llamar nosotros gratuitamente.

Contacta con tu corredor de seguros

Consulta a tu corredor de seguros acerca de los seguros de ARAG. Si no tienes ninguno, llámanos.

Casos reales: Situaciones en las que este seguro es necesario

Caso Real ARAG Alquiler
Un Inquilino Moroso

Antonio, asegurado de ARAG, recibió en herencia una vivienda que quiso destinar al alquiler para tener un extra de ingresos y afrontar más holgadamente sus gastos.
Meses después empezó a notar que el inquilino cada vez se retrasaba más en el abono de la cuota hasta el momento en que dejó de pagar una mensualidad.
Antonio, cansado con la situación de tener que estar negociando con el inquilino todos los meses, se puso en contacto con ARAG para que procedieran a la reclamación de la renta adeudada y, si fuera necesario, tramitar el desahucio.
La compañía, tras revisar la documentación facilitada por el Asegurado, inició los trámites de reclamación amistosa de la deuda al inquilino, al no atender el pago se presentó la demanda de desahucio sin demora. ARAG avanzó las mensualidades de renta a Antonio desde el momento en que se inició el procedimiento ante el juzgado contra el inquilino moroso.
Finalmente, el Asegurado cobró las rentas impagadas y recuperó su vivienda.

La importancia de un seguro de Impago de Alquiler

Gracias a ARAG Alquiler Viviendas, Antonio pudo continuar cobrando la renta de alquiler se su vivienda, afrontar sus gastos y recuperarla tras el desahucio del inquilino moroso.

Preguntas y respuestas más frecuentes del seguro de impago del alquiler

¿Quién paga el seguro?

Desde ARAG, recomendamos que este seguro de protección jurídica sea abonado siempre por el propietario.

¿Cuál es la vigencia del seguro?

La vigencia de este seguro es anual y su renovación es automática salvo en el caso de que solicites la baja por escrito.

¿Cuándo empiezo a cobrar el adelanto de mensualidades?

El adelanto de las rentas impagadas por parte de ARAG se efectúa una vez hayan dado comienzo las acciones judiciales y estén dentro del período de 3 meses posteriores al primer impago de mensualidad.

¿Queda cubierto el impago de suministros?

Siempre y cuando el inquilino haya impagado rentas del alquiler, te cubrimos hasta un máximo de 150€ para cubrir el menor importe de la deuda pendiente o el cambio o nueva alta del contrato de suministros (agua, gas y electricidad).

¿Qué ocurre si se marcha o cambio de inquilino?

En el supuesto de que se marche o cambie el inquilino no es necesario cancelar el seguro que tengas contratado. En este sentido, basta con contactar con nosotros y realizar una suspensión temporal mediante la firma del contrato de rescisión.

¿Qué ocurre si se marcha el inquilino durante la gestión del impago?

En el supuesto de que el inquilino moroso te entregue las llaves y deje la vivienda cuando ya nos has informado del impago pero la demanda de desahucio aún no se ha presentado, igualmente te adelantamos hasta 2 meses impagados (a descontar el mes de franquicia).

 
ARAG Alquiler

¿Qué debo hacer si el inquilino deja de pagar el alquiler?

Si el inquilino ha dejado de pagar el alquiler en el plazo acordado en el contrato, debes avisarnos en los 45 días posteriores al impago para iniciar los trámites. De esta forma te aseguras que el adelanto de las rentas se hará por el máximo de meses que corresponden.

Llámanos al 934 858 501

 

¿Necesitas hablar con un abogado?

Si eres cliente y necesitas hacer una consulta a un abogado, llámanos y nuestros abogados especialistas te atenderán.

Llámanos al 934 857 438

 

¿Por qué escoger ARAG?

Compañía líder en Defensa Jurídica

Satisfacción general del 90,16%

Compañía líder internacional con 85 años de experiencia

¡Añade protección ante la ocupación ilegal a tu seguro!

Completa tu seguro de impago de alquiler con las coberturas del seguro de ocupación ilegal:

  • Reclamación por ocupación ilegal del bien inmueble

    ARAG garantiza los gastos para la defensa de tus intereses en los conflictos que se planteen con relación a la ocupación ilegal de la vivienda.
  • Reclamación para la efectiva recuperación del bien inmueble

    ARAG se encargará del procedimiento judicial destinado a obtener la efectiva recuperación de la posesión de tu vivienda.
  • Reclamación de daños ocasionados al inmueble

    La reclamación del importe de los daños causados en la vivienda ocupada ilegalmente y en sus anexos, así como al mobiliario, aparatos e instalaciones en ellos contenidos, causados por la persona o personas que lo han ocupado ilegalmente, siempre que las mismas estén debidamente identificadas y no sean declaradas insolventes.

por solo:

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