¿Puedo reclamar al Ayuntamiento por la caída de un árbol?

¿A quién debemos reclamar si cae un árbol y nos hace daño? ¿Y cómo se debe hacer? ¡Te lo explicamos todo!

Los Ayuntamientos son los responsables de mantener en buen estado todos aquellos elementos que se encuentren en la vía pública: árboles, papeleras, bancos, semáforos, señales de tráfico, toldos para mitigar el calor, fuentes, etc. Cuando alguno de estos elementos produce daños en los viandantes o en bienes materiales como consecuencia de su caída o por falta de mantenimiento, ¿quién es el responsable de la indemnización?

¿Cuándo es responsable el Ayuntamiento?

El Ayuntamiento es responsable cuando el daño se produce en situaciones atmosféricas normales y se constata que hay una falta de mantenimiento de los elementos urbanos. Por ejemplo, si la caída de árboles es por que no están bien cuidados porque no se riegan adecuadamente, no se podan o no se controla su envejecimiento. También si las aceras o el pavimento están en mal estado es por una falta de cuidado, ya que el Ayuntamiento tiene que evitar que se produzcan socavones o levantamiento de baldosas por las raíces de los árboles. Otros motivos son bancos rotos que pueden provocar heridas, desprendimiento de toldos o de decoración navideña que no se ancla correctamente, etc.

Cuando la caída de árboles o de señales de tráfico se producen por una situación atmosférica adversa (vientos superiores a 120km/h, inundaciones...), la responsabilidad recae sobre el Consorcio de Compensación de Seguros que deberá asumir las indemnizaciones por ser consecuencia de situaciones de fuerza mayor.

¿Cómo se puede reclamar?

Si somos víctima de algún percance en la vía pública por alguna de estas incidencias, debemos:

  • Conseguir testigos o llamar a la policía local para que hagan un atestado certificando qué elemento ha provocado el daño.
  • Acudir a urgencias si hemos sufrido lesiones o peritar los bienes materiales (coche, fachada, objetos que llevemos encima).
  • Presentar una reclamación por escrito en el plazo de un año ante el Ayuntamiento, siguiendo el trámite administrativo correspondiente hasta conseguir la indemnización.

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